La reciente decisión de Estados Unidos de imponer un arancel adicional del 12,5% a numerosas exportaciones chilenas ha generado una controversia que no debe reducirse a un mero conflicto comercial o diplomático. Para la Región de Los Lagos, este asunto tiene una relevancia particular. La agricultura y la acuicultura son pilares fundamentales de nuestra economía: somos la principal región lechera del país, un actor destacado en la producción agropecuaria y uno de los centros mundiales de producción salmonera y mitilicultora. Por ello, cuando estas actividades están bajo la lupa por posibles riesgos de trabajo forzoso, la reacción regional no puede limitarse a rechazar las acusaciones ni a aceptarlas sin una revisión exhaustiva. Lo correcto es verificar que ya se ha comprobado, separar lo que sigue en la fase de denuncia y, con base en ello, tomar medidas que refuercen nuestras principales actividades productivas.
La Oficina del Representante Comercial de EE.UU. (USTR) no ha concluido que el salmón, los productos agrícolas o los alimentos chilenos sean producidos mediante trabajo forzoso; tampoco ha indicado que la industria salmonera chilena utilice estas prácticas de manera sistemática. La investigación estadounidense llegó a una conclusión diferente: Chile, junto con muchas otras economías, no habría implementado eficazmente una prohibición a la importación de bienes producidos con trabajo forzoso, lo que posteriormente llevó a la imposición de un arancel. Esta diferencia es significativa. Cuestionar la estructura institucional de un país no implica afirmar que un producto exportado desde Chile haya sido elaborado mediante explotación forzada. Por lo tanto, sería incorrecto presentar el arancel vigente como una sanción impuesta por Estados Unidos tras constatar el trabajo forzoso en la salmonicultura chilena.
Aunque esta precisión es necesaria, no implica que el problema no exista. El Trafficking in Persons Report 2025 del Departamento de Estado mantuvo a Chile en la categoría Tier 1 y reconoció que cumple con los estándares mínimos para combatir la trata de personas. Sin embargo, en 2024 se abrieron treinta y dos investigaciones por trata laboral y se identificaron cuarenta y nueve víctimas, además de señalarse dificultades entre funcionarios y actores del sistema penal para reconocer correctamente los casos de trabajo forzoso. El mismo informe señala que la agricultura y la acuicultura son sectores en los que se han detectado vulnerabilidades, por lo que Chile no puede calificarse como una economía sustentada en trabajo forzoso, pero tampoco puede ignorar la existencia de estas prácticas.
La agricultura presenta antecedentes especialmente preocupantes. Estudios en Chile han documentado casos de migrantes contratados a través de intermediarios para trabajos agrícolas en condiciones distintas de las prometidas inicialmente: jornadas largas, salarios atrasados, alojamientos deficientes y amenazas relacionadas con su situación migratoria. Algunos de estos casos ocurrieron cerca de Purranque, donde la autoridad laboral detectó irregularidades en empresas intermediarias y deficiencias en las condiciones sanitarias ofrecidas a los trabajadores. Es clave comprender una distinción esencial para abordar el problema con seriedad. Una jornada excesiva, un salario insuficiente o un alojamiento inadecuado son infracciones graves, pero no constituyen automáticamente trabajo forzoso; sin embargo, la situación cambia significativamente cuando se suman engaños en la contratación, retención intencional de salarios, amenazas relacionadas con la migración, aislamiento como mecanismo de control o impedimentos para que la persona pueda abandonar la tarea. Lo central es la pérdida efectiva de la capacidad de decir “no” y de retirarse libremente del empleo.
En la salmonicultura, se requiere igual seriedad y aún mayor prudencia. Organizaciones como Fundación Libera y Ecoceanos han presentado denuncias severas, especialmente sobre trabajadores subcontratados y buzos, señalando situaciones complejas y graves; no todas esas afirmaciones tienen el mismo nivel de evidencia, pero sí hay antecedentes oficiales que documentan problemas laborales y de seguridad en el sector. La Dirección del Trabajo ha detectado incumplimientos en materia de jornadas, descansos, registros y prevención de riesgos, y ha impuesto sanciones en centros salmoneros. Además, los antecedentes de accidentes graves y fatales asociados al buceo acuícola han generado preocupación institucional y han derivado en nuevas regulaciones para mejorar la protección de quienes realizan estas tareas. Aunque estas situaciones merecen atención y fiscalización estricta, no deben confundirse automáticamente con trabajo forzoso. Un accidente, incluso fatal, la subcontratación, jornadas prolongadas o la ubicación remota de una faena pueden constituir vulneraciones graves, pero para que exista trabajo forzoso, además, debe haber coacción, amenazas o una restricción significativa de la libertad. Un ejemplo sería que un buzo se viera obligado a realizar una inmersión considerada insegura bajo la amenaza de despido, represalias o exclusión futura, o que un trabajador estuviera impedido de abandonar la faena mediante la retención deliberada de su remuneración. En esos casos, se empieza a configurar un problema de otra índole.
Agricultura y acuicultura comparten, además, una zona especialmente sensible: la subcontratación y la intermediación laboral. En cadenas productivas complejas, puede ocurrir que la empresa que comercializa o exporta el producto no sea la empleadora directa de quienes desempeñan determinadas labores. Sin embargo, esa distancia contractual resulta cada vez menos suficiente desde la perspectiva de la responsabilidad empresarial contemporánea. Los mercados internacionales avanzan progresivamente hacia principios de debida diligencia que obligan a las empresas a conocer las condiciones laborales a lo largo de toda su cadena de producción. La trazabilidad que durante décadas hemos exigido respecto del origen sanitario, ambiental o alimentario de los productos se está extendiendo a una verdadera trazabilidad social del trabajo. Ya no basta, entonces, con que una empresa afirme que cumple con la legislación en sus propias instalaciones; debe estar en condiciones de saber y demostrar cómo trabajan quienes participan en su cadena de suministro, ya sea mediante contratistas, subcontratistas o intermediarios.
Para la Región de Los Lagos, esta controversia debería entenderse menos como una amenaza externa y más como una advertencia estratégica. Elevar los estándares laborales constituye una de las formas más sólidas de proteger las actividades productivas fundamentales para nuestro desarrollo regional. Negar denuncias fundadas puede deteriorar su legitimidad; aceptar imputaciones generales sin evidencia suficiente también puede dañar injustamente su reputación. Lo responsable es investigar, corregir, prevenir y demostrar. En los mercados internacionales que comienzan a configurarse, la calidad de un producto ya no dependerá solamente de lo que contiene o de su impacto ambiental, sino también de cómo fueron tratadas las personas que hicieron posible su producción. Transformar esa exigencia en una garantía verificable puede convertirse, además de una obligación ética, en una poderosa ventaja competitiva para Los Lagos.
Publicado en
https://elinsular.cl/2026/08/04/trabajo-forzoso-una-alerta-para-los-lagos/
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